Caso Gabriel Montaño: ¿cuáles son los escenarios ante el fallo del TDD?
El caso del futbolista Gabriel Montaño Moizán, de los registros del club Aurora, aún no tiene un fallo definitivo por parte del Tribunal de Disciplina Deportiva (TDD) de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF) y la figura en este momento está lejos de cualquier trascendido. Sin embargo, hay hasta tres escenarios posibles en conformidad con el Código Disciplinario y según el fallo final.
Ayer surgió en redes sociales información de que el mencionado jugador supuestamente se declaró culpable por una suplantación de identidad, hecho que no fue demostrado con una documentación oficial que avale esto.
Desde el club Aurora no se manifestaron oficialmente, pero se supo que seguirán asumiendo defensa ante estos trascendidos.
Tampoco el club Royal Pari se refirió al tema, así como también el titular de la FBF, Fernando Costa, indicó a Futbolmanía que no puede declarar sobre esto, pero habló en términos generales que “este tipo de conducta tiene que desaparecer”.
Escenarios
A falta de un fallo final del TDD, existen tres posibles resoluciones: inocencia del acusado, culpabilidad del jugador y hasta culpabilidad del club.
En conformidad al Código Disciplinario de la FBF, los artículos 93, 94, 95 y 96 sancionan estos hechos si se llega a comprobar que hubo una vulneración a la norma deportiva.
El primer escenario es la inocencia del acusado. De ser así, el caso concluirá y la parte afectada puede iniciar un proceso por daños y perjuicios.
De declararse culpable al jugador en cuestión (segundo escenario), éste será sancionado en base al numeral 1 del artículo 93 que indica que “el jugador que pretendiera su registro o fuera habilitado con documento público o privado de dudosa autenticidad, por adulteración, por corresponder a otra persona o por contar con datos falsificados en relación con un anterior registro será sancionado con suspensión de ejercer toda actividad relacionada con el fútbol de dos a cuatro años”.
Si hubiese la implicación de un dirigente o club (tercer escenario), el numeral 2 dice que “si se establece la responsabilidad de un dirigente o club en el uso o aplicación del instrumento referido, en el caso del dirigente será sancionado con la suspensión de tres años calendario de toda actividad relacionada con el fútbol”.
Si se trata del club como tal, el numeral 3 indica que “si la responsabilidad fuera del club, este perderá los puntos obtenidos en la disputa de los partidos donde participó el jugador objetado con arreglo a la reglamentación del torneo en cuestión, perdiendo cada partido donde cometió la infracción por el marcador de 0 - 3”.
Inclusive, una sanción puede afectar a la selección nacional. Medios internacionales anunciaron que las federaciones de Venezuela y Chile solicitarán informes sobre la convocatoria de Montaño a eliminatorias, luego de perder ante Bolivia por 4-0 y 1-2, respectivamente.