Resurrección de la Justicia
El que en esta columna, simultáneamente con otros analistas, insista en que se proceda a la reforma parcial de la Constitución para privar al partido político gobernante de su atribución anticonstitucional de elegir a los magistrados del Poder Judicial, tiene origen en la necesidad de que ese Poder ejerza sus funciones con la independencia establecida en la Constitución, y se proceda en consecuencia a la recuperación de la democracia.
Según una encuesta publicada hace poco por los medios de comunicación habituales, esa preocupación no es compartida por la mayor parte de la ciudadanía que prefiere cambios de orden legislativo en el régimen tributario y en los sistemas de salud y educación.
Se conoció recientemente un estudio efectuado a nivel mundial sobre el sistema de administración de justicia, durante el año 2021. Con referencia a América Latina y el Caribe, el país con puntaje más alto es Uruguay (lugar 25), seguido por Costa Rica (31) y por Chile (32). Los cuatro países con puntajes más bajos en la región son Venezuela (139), Haití (132), Nicaragua (131), Bolivia (129). Ojalá que esa noticia saque de su indolencia a personas insensibles y apáticas que hoy actúan como cómplices de los autócratas.
Según lo establecido en la vigente Constitución Política del Estado, promulgada por Evo Morales el año 2009, “la República de Bolivia adopta para su gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria” (artículo 11), sobre cuya base “el Estado se organiza y estructura su poder público a través de los órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral” (artículo 12). Al respecto, añade el mismo artículo que la organización del Estado está fundamentada “en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos”. En la realidad los tres únicos y verdaderos “Poderes” del Estado son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial, a los que se agregó el Órgano Electoral, al cual arbitrariamente se le dio el mismo carácter.
El partido político que gobierna desde el año 2006, con excepción del breve período constitucional presidido por Jeanine Áñez, jamás dio cumplimiento a esas reglas, quienes estuvieron o están a la cabeza del Poder Ejecutivo violaron y violan la regla constitucional que les obligó y les obliga a “cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes” (artículo 172), debido a lo cual el Poder Judicial fue transformado en un simple órgano dependiente del Poder Ejecutivo.
El autor es abogado
Columnas de JOSÉ LUIS BAPTISTA MORALES