Anuncian audiencias virtuales y víctimas de violencia y feminicidio se declaran en emergencia
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de un comunicado, informó que durante la etapa de cuarentena el total de privados de libertad se realizarán audiencias virtuales, lo que provocó un rechazo y preocupación en instituciones que luchan contra el feminicidio, infanticidio, violación y abuso sexual a menores.
El martes 7 de abril de 2020, el TSJ emitió la circular No. 06/2020, que instruye atender las peticiones de cesación a la detención preventiva (puesta en libertad) de los procesados durante esta cuarentena.
“Esta instructiva recomienda que las audiencias sean virtuales, vía internet, y si las partes no tienen acceso a la tecnología, que las sesiones se lleven a cabo presencialmente. Esta circular no sólo constituye un atentado contra la salud y la vida de las víctimas, sino que vulnera otros derechos absolutos”, dicta parte del pronunciamiento.
A través de este pronunciamiento, las instituciones y redes de defensa de mujeres, niños, niñas y adolescentes expresan su preocupación por que esta circular sea aprovechada para liberar a feminicidas, violadores e infanticidas con condenas en primera y segunda instancia.
Particularmente en el departamento de Cochabamba, el jueves 9 de abril, en cumplimiento a la circular emitida por el TSJ, los vocales emitieron el instructivo 2/2020 que especifica que los jueces, previo cumplimiento de los procedimientos y normas establecidas, podrán realizar audiencias que permitan favorecer a los privados de libertad.
Específicamente podrán realizarse audiencias de cesación o modificación de medidas cautelares, cumplimiento de condenas y cesación de apremio en materia familiar.
La representante de Voces Libres, Mercedes Cortez, lamentó que las autoridades del Órgano Judicial vulneren los derechos de las víctimas de violencia feminicida, feminicidio, infanticidio, agresiones sexuales y violación a niños y niñas; poniendo en riesgo la integridad de las víctimas y favoreciendo a los agresores.
“No se está ponderando el derecho a la vida; el derecho a la libertad no es absoluto, sin embargo, el derecho a la vida e integridad sexual no puede ser restringido. El Tribunal Supremo no hizo la ponderación de derechos. El Estado debe ser garante del debido proceso y hasta ahora no se siente la protección que se debe brindar a las víctimas”, señaló Cortez.
El pronunciamiento emitido por estas instituciones dice que la mayoría de las víctimas no tiene acceso a la tecnología para participar de audiencias virtuales ni recursos económicos para adquirirla. Por ello, son defendidas por abogados que no les cobran.
Acudir a audiencias presenciales tampoco es posible para ellas porque viven muy lejos y además se pone en riesgo la salud de todos en este momento en que Cochabamba y Santa Cruz están en la fase 3 y 4 de la pandemia, las más peligrosas para los contagios.